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a Trámites
DERRIBO
DE ARBOLES QUE REPRESENTEN ALTO RIESGO
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COMPROBANTE
A OBTENER |
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Copia
de la solicitud sellada de recibido y escrito de respuesta. |
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USUARIOS |
TIEMPO
DE RESPUESTA |
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Ciudadanía
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12 hrs. |
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INFORMACIÓN
GENERAL DEL TRÁMITE |
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Poda
de árboles ubicados en escuelas y casas de estancia públicas,
dependencias municipales, plazas y jardines públicos,
camellones y todos aquellos que se encuentren en las
vialidades principales.
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REQUISITOS |
| 1.-
Petición por escrito. Original y copia (con copia para el C. Presidente
Mpal.) de acuse de recibo de solicitud
dirigida a la Regiduría de
Preservación y Restauración del Medio Ambiente. A) Original y
copia de autorización por escrito de la Regiduría de
Preservación y Restauración del Medio Ambiente. B)
Ubicación precisa del lugar donde se requiere el servicio. C) Nombre
completo, domicilio y teléfono del solicitante. D) Especificar número de
unidades que se concreta por poda o por derribo. |
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COSTO |
ÁREA
DE PAGO |
| Gratuito, ($150.00
a particulares) |
Tesorería |
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FUNDAMENTO
JURÍDICO ADMINISTRATIVO |
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Ley
de Hacienda Municipal del Estado de México, Titulo
segundo de los derechos, capítulo octavo panteones, artículos
112 y 113 fracción VII, inciso A y B.
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DERRIBO DE
ARBOLES 
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COMPROBANTE
A OBTENER |
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Copia
de la solicitud sellada de recibido y escrito de respuesta. |
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USUARIOS |
TIEMPO
DE RESPUESTA |
|
Ciudadanía
|
12 hrs. |
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INFORMACIÓN
GENERAL DEL TRÁMITE |
|
Poda
de árboles ubicados en escuelas y casas de estancia públicas,
dependencias municipales, plazas y jardines públicos,
camellones y todos aquellos que se encuentren en las
vialidades principales.
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REQUISITOS |
| 1.-
Petición por escrito: Original y copia (con copia para el C. Presidente
Mpal.) para acuse de recibo de solicitud
dirigida a la Regiduría de
Preservación y Restauración del Medio Ambiente
que contenga: A) Original y
copia de autorización por escrito de la Regiduría de
Preservación y Restauración del Medio Ambiente. B)
Ubicación precisa del lugar donde se requiere el servicio. C) Nombre
completo, domicilio y teléfono del solicitante. |
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COSTO |
ÁREA
DE PAGO |
| Gratuito, ($150.00 a
particulares) |
Tesorería |
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FUNDAMENTO
JURÍDICO ADMINISTRATIVO |
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Ley Orgánica
Municipal del Estado de México, Capitulo Séptimo Art. 125
Fracción VII.
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OBSERVACIONES |
| Toda
solicitud por escrito será dirigida a la Regiduría de
Preservación y Restauración del Medio Ambiente:
La prestación del servicio la realiza el
personal adscrito a la
Regiduría de
Preservación y Restauración del Medio Ambiente, sin ningún
costo para el solicitante, (%150.00 para particulares). Las áreas comunes e indivisas de las unidades
habitacionales, no son de la competencia del H. Ayuntamiento, en todo
caso, se podrá convenir para la prestación de éste servicio. El
departamento de Parques y Jardines evaluará la factibilidad de las
solicitudes ciudadanas y optimizará la prestación del servicio. El
Departamento de Parques y Jardines colaborará en las actividades de tala
o derribo de árboles en las comunidades con la participación vecinal. No
se atenderán solicitudes para derribar árboles en predios que no sean públicos,
de igual forma, los particulares serán responsables de las afectaciones a
terceros por el daño que pudiere ocasionar el derribo parcial o total de
estos. En los casos de tala de árboles ubicados en el interior o frente a
un predio, el propietario o poseedor es responsable de retirar las raíces
y reparar los daños que se ocasionen en la banqueta o guarnición. No se
atenderán solicitudes para derribar árboles sin la autorización por
escrito de la Regiduría de
Preservación y Restauración del Medio Ambiente. |
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